El nuevo régimen de licencias de criptomonedas en San Vicente

El sector de los activos digitales sigue madurando y, con él, los marcos normativos evolucionan para ponerse al día. En un importante avance para las criptoempresas, San Vicente y las Granadinas ha introducido la Ley de Negocios de Activos Virtuales de 2022 (VABA, por sus siglas en inglés): un régimen integral de licencias destinado a aportar estructura, cumplimiento y credibilidad internacional al sector de los activos virtuales del país.

Para las empresas que operan en o a través de San Vicente, comprender las implicaciones de VABA ya no es opcional. Tanto si está lanzando una criptobolsa, ofreciendo custodia de tokens o facilitando transferencias de activos digitales, es probable que la nueva licencia afecte a sus operaciones.

San Vicente se considera desde hace tiempo una jurisdicción flexible para las finanzas extraterritoriales. Sin embargo, a medida que el entorno normativo mundial se endurece en torno a los activos virtuales, San Vicente ha optado por adoptar una postura proactiva mediante la introducción de un marco jurídico específico adaptado a este sector en rápida evolución.

La Ley de Empresas de Activos Virtuales de 2022 establece parámetros claros para los proveedores de servicios de activos virtuales (PSVA). Define los tipos de empresas que requieren regulación, esboza las condiciones de concesión de licencias e impone obligaciones en materia de lucha contra el blanqueo de capitales, diligencia debida con la clientela y supervisión operativa.

Desde un punto de vista jurídico y estratégico, esto supone un cambio significativo: San Vicente ya no es una jurisdicción gris para las empresas de criptomonedas. Ahora se está posicionando como una base creíble y regulada para empresas serias de activos digitales.

En virtud de la VABA, una serie de actividades relacionadas con los activos virtuales entran ahora en el ámbito de aplicación de las licencias obligatorias. Entre ellas figuran:

  • Gestionar una bolsa de activos digitales
  • Prestación de servicios de custodia o custodia de valores
  • Emitir o vender activos virtuales al público
  • Facilitar transferencias o pagos mediante fichas digitales
  • Ofrecer servicios financieros relacionados con la emisión o el comercio de activos virtuales

Es importante destacar que la ley se aplica tanto a las empresas con sede física en San Vicente como a las que ofrecen servicios a clientes desde dentro de la jurisdicción. Este elemento extraterritorial se ajusta a las tendencias mundiales y refleja la naturaleza transfronteriza de las finanzas digitales.

Requisitos de licencia

El proceso de concesión de licencias es sencillo y está diseñado para garantizar que sólo entren en el mercado regulado operadores idóneos. A la hora de conceder una licencia a un proveedor de servicios de valor añadido, la Autoridad de Servicios Financieros (FSA) tiene en cuenta los siguientes criterios:

  • La integridad personal del beneficiario efectivo final (UBO), cada accionista significativo, director, representante principal y altos funcionarios (gerentes, oficiales de cumplimiento de ALA/CFT).
  • La capacidad de la UBO y del accionista o accionistas significativos para financiar la empresa de modo que mantenga su liquidez.
  • Experiencia relevante de los directores y altos funcionarios
  • Prueba de estabilidad financiera y presentación del depósito exigido

Es importante que el solicitante aborde satisfactoriamente los criterios anteriores como cuestiones preliminares necesarias. De este modo, el Órgano de Vigilancia tendrá garantías de que el VASP puede funcionar con éxito y de que los inversores y accionistas están protegidos.

Requisitos básicos

  • CSC y CV completos de todas las personas clave, junto con una declaración de activos y pasivos o una declaración del patrimonio neto de la UBO y del accionista o accionistas significativos, certificada por un contable o auditor cualificado.
  • Para las empresas existentes: tres años de estados financieros auditados anteriores a la fecha de solicitud, o desde la fecha de establecimiento, la que sea más próxima o equivalente a dos años, junto con el informe del auditor.
  • Confirmación del auditor externo que acepta actuar para el solicitante
  • Plan de negocio que incluya descripciones de los servicios, mercados objetivo y clientela, estudios de viabilidad, marcos de riesgo y de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, sistemas y controles internos y proyecciones financieras a cinco años.

Una vez registrado el VASP, deberá presentarse en un plazo de seis semanas a partir de la fecha de registro, salvo que se especifique lo contrario:

  • Seguro de responsabilidad profesional válido de al menos $1 millón de dólares estadounidenses.
  • Folleto, que debe presentarse a la FSA para su revisión 14 días antes de la fecha propuesta para su publicación (en caso de una OIC).
  • Contratos entre el VASP y los prestadores de servicios y proveedores

Tasas estatales, requisitos de capital y obligaciones transitorias

Los solicitantes acogidos a la Ley de Empresas de Activos Virtuales deben estar preparados para cumplir obligaciones reglamentarias y financieras. Entre ellas se incluyen tasas obligatorias, normas mínimas de capitalización y normas transitorias para operadores preexistentes.

En el régimen actual del VABA se aplican las siguientes tasas y requisitos de capital:

  • Tasa de solicitud: EC$4.000 (aproximadamente 1.262 euros), pagaderos al presentar la solicitud
  • Tasa de inscripción: EC$12.000 (aproximadamente 3.800 euros), pagaderos en el momento de la aprobación
  • Cuota de licencia anual: EC$12.000 (aproximadamente 3.786 euros), pagaderos anualmente
  • Requisito de capital mínimo desembolsado: al menos EC$300.000 (aproximadamente 94.642 euros). Aunque se requiere una prueba de estabilidad financiera, no es necesario que los fondos estén depositados en una cuenta de custodia o como capital social desembolsado; tendrá que demostrar que dispone de esos fondos.
  • Depósito legal: EC$100.000 (aproximadamente 32.000 euros), o una cantidad igual a 25% de las obligaciones financieras del registrante con los clientes, la que sea mayor. Esta cantidad debe depositarse en efectivo, valores del Estado u otra forma aprobada por el Ministro en el momento de su aprobación.

Estas cantidades se fijan por reglamento y deben pagarse directamente a la FSA como parte del proceso de autorización y cumplimiento.

Calendario estimado de aprobación

La FSA estima un plazo de tramitación estándar de 90 días a partir de la fecha de presentación, siempre que la solicitud esté completa y toda la documentación justificativa cumpla los requisitos exigidos. Pueden producirse retrasos si falta información, si ésta es inexacta o si la comprobación de antecedentes plantea problemas de conformidad.

Disposiciones transitorias para los operadores existentes

El VABA ofrece una ventana transitoria limitada para las empresas de activos virtuales que ya operaban en San Vicente antes de la promulgación de la ley. Las principales obligaciones son las siguientes:

  • Registro obligatorio: las empresas existentes que realicen actividades reguladas por el VABA deben presentar una solicitud a la FSA antes del 31 de julio de 2025
  • Documentación y depósitos: todos los formularios, declaraciones y depósitos obligatorios deben presentarse dentro del plazo establecido.
  • Incumplimiento: las entidades que no presenten la solicitud en el plazo establecido pueden enfrentarse a la exclusión administrativa, la suspensión de actividades o sanciones reglamentarias.

Cualquier empresa que presente información falsa o engañosa durante el proceso de solicitud podrá ser excluida de volver a presentar una solicitud y sufrir daños en su reputación. La FSA ha hecho hincapié en que la transparencia total y la información de buena fe son esenciales para la aprobación.

 

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